OPINIÓN: Los renglones ¿torcidos? de Dios

Hay una novela de don Torcuato Luca de Tena que siempre me ha parecido asombrosa y perturbadora. Su protagonista, Alice Gould, me resulta tan atrayente como desconcertante. Además, su situación y la forma en la que es internada en ese centro psiquiátrico siempre me han hecho reflexionar sobre cómo tratamos a nuestros semejantes que padecen alguna enfermedad mental u otro grado de discapacidad.

La historia de Alice me vuelve a la mente al imaginar cómo puede cambiar la situación legal de las personas con discapacidad si, finalmente, cristalizan las reformas que, por amplio consenso, se están tramitando en nuestro país.

Una vez, una persona valiente y con un cierto grado de discapacidad que no afecta a su razonamiento, me confesó que lo que más temía era que le incapacitasen. ¡Cómo no va a temerlo!

Desde mi punto de vista, es la sociedad la que puede llegar a tener miedo a las personas con discapacidad. Desde hace siglos ha buscado dedicar los mínimos esfuerzos a acompañarlas y a ayudarlas a tomar sus propias decisiones, optando por la vía más rápida: quitarles la capacidad de decisión y sustituirla por la de un tutor. En otras ocasiones ha buscado ignorarlas y evitar ofrecerles una educación especializada, pretendiendo cerrar centros que, para muchas familias, son esenciales.

Ahora no me vea usted como un buenista. Soy consciente de que existen grados de discapacidad que, en realidad, sí impiden a una persona gobernarse a sí misma. Pero también es cierto que, para evitar esfuerzos, a menudo se ha optado por aplicar la brocha gorda y por tratar del mismo modo a personas con pequeñas y con grandes discapacidades; privándolas de derechos o de decisiones que deberían haber podido tomar si se hubiera tenido algo de interés y empleado un poco más de tiempo de lo normal.

Seamos francos, aunque no padezca ahora ninguna enfermedad física o mental que le dificulte su gobierno personal y patrimonial, usted también podría verse algún día como Alice Gould. Así que, probablemente, le sorprenda descubrir que una vez que entre en vigor la Reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica (un nombre corto para lo que estamos acostumbrados), podrá usted dejar previsto quién y cómo le debería ayudar si alguna vez se encuentra en esa situación y no puede expresar su voluntad.

Aunque quizá sea más sorprendente que eso no vaya a ser posible, en toda su amplitud, hasta ahora.

Quizá algún familiar suyo padezca alguna enfermedad desde su nacimiento que le coloque en esa situación y no sepa que, a partir de ahora, desaparecerán la patria potestad prorrogada y rehabilitada. Esas figuras permitían a los padres de personas con discapacidad, una vez alcanzada su mayor edad, continuar ejerciendo la patria potestad casi como si fueran menores. Desde ahora, no podrá hacerse.

También desaparece la tutela como hasta ahora y, en el peor de los casos, sólo se podrá someter a curatela. Sin resultar demasiado técnico debo indicarle, por si lo desconoce, que la diferencia esencial entre la tutela y la curatela estriba en que el tutor ostenta la capacidad de decisión sobre todos los aspectos de la vida y del patrimonio de la persona: sustituye su voluntad; mientras que en la curatela se acompaña a la persona con discapacidad a tomar las decisiones, complementándolas sólo en aquellos supuestos expresados en la resolución judicial correspondiente.

Es un cambio de paradigma. Es cierto que desde que España es parte de la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, los operadores jurídicos ya venían intentando aplicar con carácter preferente la figura de la curatela en detrimento de la tutela. No obstante, había situaciones en las que era imposible hacerlo.

El cambio de paradigma no se produce sólo en la preferencia de las figuras de protección (hay otras, además de la curatela, en las que, por razones obvias, no me detendré aquí), sino en la mentalidad que inspira el futuro tratamiento de las personas necesitadas de ayuda para tomar sus propias decisiones. Nuestro ordenamiento se preocupaba de proteger los patrimonios. Para eso surgió la declaración de incapacidad o de prodigalidad (esto último no va a cambiar con esta reforma, así que puede haber aún bastantes hijos pródigos en el sentido legal de la expresión).

Por el contrario, la idea de la Convención en la que se inspira la reforma es proteger, ayudar y acompañar en los aspectos en los que sea necesario, y sólo en ellos. Aunque sabemos que las reformas legales no serán eficaces si no se aplican conforme a su espíritu, considero que, al menos, es de Justicia felicitarnos por avanzar en la protección de las personas con discapacidad para ayudarlas a ellas, y no a pesar de ellas.

Así que relea Los renglones torcidos de Dios y verá a Alice Gould, a Ignacio Urquieta, a la niña oscilante, al hombre elefante y a la Duquesa de Pitiminí con otra perspectiva. Imagínese que esos renglones torcidos hubieran nacido en nuestro tiempo y piense si algunos de ellos no debieran haber podido llegar a tomar alguna decisión sobre su vida que, con ayuda, les hubiera permitido vivir de una forma más parecida a la suya.

Columna de opinión publicada en mi sección Tertium genus del magazine La opinión de Cuenca, el 6 de junio de 2021.

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